- IMPORTANTE: Para Titulados universitarios cuyos títulos hayan sido expedidos en los Estados Miembros de la Unión Europea, signatarios del acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo y Suiza.el procedimiento a seguir es el reconocimiento profesional de títulos, competencia del Ministerio de Ciencia, de países de la Unión Europea en aplicación de la Directiva comunitaria 2005/36/CE y se obtiene de forma online a través del siguiente enlace.
- Si sólo tiene interés de acreditar titulación superior cursada y no ejercer esa profesión en España puede solicitar es la equivalencia a través de un procedimiento online que ofrece el Ministerio de Educación (La equivalencia a titulación otorga al título extranjero, en todo el territorio nacional, los mismos efectos que los títulos que se encuentran comprendidos en el área y campo específico de formación al cual se haya declarado la equivalencia, con exclusión de los efectos profesionales respecto de aquellos títulos susceptibles de obtenerse por homologación. La equivalencia a nivel académico otorga al título extranjero, en todo el territorio nacional, los efectos correspondientes al nivel académico respecto del cual se haya declarado la equivalencia.
Convenios sobre Reconocimiento a efectos académicos con Alemania, Italia, Francia, China, Argentina, Chile y Colombia. A través de este enlace del Ministerio del Educación se puede solicitar el reconocimiento de títulos y estudios universitarios, a efectos exclusivamente académicos, que viene a complementar los sistemas de homologación (efectos académicos y profesionales) y reconocimiento (efectos sólo profesionales), deriva de convenios bilaterales con Alemania, Italia, Francia, China, Argentina, Chile y Colombia.
Introducción y Antecedentes
- El Real Decreto 967/2014, de 21 de noviembre (BOE 22/11/2014), establece los requisitos y el procedimiento para la homologación y declaración de equivalencia a titulación y a nivel académico universitario oficial y para la convalidación de estudios extranjeros de educación superior, y el procedimiento para determinar la correspondencia a los niveles del marco español de cualificaciones para la educación superior de los títulos oficiales de Arquitecto, Ingeniero, Licenciado, Arquitecto Técnico, Ingeniero Técnico y Diplomado.
- De acuerdo con el art 6.1 del RD 967/2014, si el interesado con estudios extranjeros finalizados no homologados desea ejercer su profesión en España hay que tener en cuenta que el ejercicio de la profesión regulada de Arquitecto se obtiene tras:
- Solicitar convalidación en una Universidad española de todas las materias superadas en la titulación de origen y posteriormente, en su caso, completar los estudios del programa español de Grado correspondiente. Como mínimo, en la Escuela Técnica Superior de Arquitectura de Granada deberá cursar el Trabajo Fin de Grado de la titulación Grado en Estudios de Arquitectura.
- Posteriormente, el/la interesado/a puede solicitar la homologación al título de Máster en Arquitectura, o puede cursar el programa de estudios del mismo en cualquier Universidad española que, como se ha indicado anteriormente, es imprescindible para el ejercicio de la profesión en España.
- En la ETS Arquitectura, y con objeto de atender las solicitudes de convalidación de estudios finalizados no homologadas la Comisión de ordenación académica acordó con fecha 23 de mayo da de 2018 establecer en dos el número de máximo de solicitudes que habrían de admitirse por esta vía además de la tabla de valoración que ha de regir el procedimiento de baremación de solicitudes presentadas en cada curso académico.
- Posteriormente, una vez admitido, y en el momento previo de formalizar la matrícula en el Grado en Estudios de Arquitectura se le notificaría la resolución con las materias que se le reconocen y el detalle concreto de los créditos necesarios que debe obtener para la obtención del grado en estudios de Arquitectura.
Solicitudes
-
Plazos de presentación: Ver calendario de plazos y periodos académicos y administrativos
Para curso 2023/2024 de 16/01/2023 a 10/3/2023
La presentación de solicitudes se realizará a través de la sede electrónica o presentando la siguiente solicitud a la dirección de correo electrónico: arquitectura@ugr.es
Documentación a presentar:
- Modelo de solicitud de convalidación
- Documento Nacional de Identidad o Pasaporte Original
- Certificación Académica Personal, emitida por el Centro de Origen.
- Sistema universitario de calificaciones del país de origen o escala de calificaciones, indicando obligatoriamente la nota mínima para aprobar y los puntos en los que se basa la escala e intervalos de puntuación.
- Fotocopias, debidamente compulsadas por organismo oficial español, de:
- Plan de Estudios Oficial de la Universidad de Origen.
- Programa de las asignaturas superadas de la Universidad de Origen.
- Certificado expedido por el órgano competente del país de origen que acredite que los estudios cursados son de rango universitario.
- Las certificaciones, deberán presentarse debidamente legalizadas (convenio de la Haya o vía diplomática).
- El resto de la documentación se presentará traducida oficialmente al español, en su caso.
- Se recomienda presentar certificado de Equivalencia de notas medias de estudios universitarios realizados en centros extranjeros.(es un trámite online que suele tardar varios meses, por lo que se recomienda tramitar con antelación):
- Toda la documentación detallada anteriormente debe presentarse a través de la sede electrónica de la universidad de granada en el siguiente enlace: https://sede.ugr.es/procs/Solicitud-generica-para-la-UGR/ o presentándola en la siguiente dirección de correo electrónico: @email
Requisitos
- Sólo se admitirán solicitudes de admisión de estudiantes procedentes de paises con estudios extranjeros finalizados de Arquitectura no homologados por el Ministerio con competencias en materia de Educación y Universidades.
- Las solicitudes presentadas fuera del plazo previsto no serán admitidas.
Resolución
- Se dictará por la Dirección de la ETS Arquitectura durante el mes de julio de cada año
- La resolución será publicada en la web y tablones de anuncio de la ETS Arquitectura y surtirá efectos de notificación a los interesados.
Tabla de valoración
Estudios de procedencia que tiene superados. |
|
||
Arquitecto |
100% asignaturas superadas |
10 |
puntos |
Otro estudios de Grado |
análoga |
2 |
puntos |
diferente |
1 |
punto |
|
Otros estudios de Máster |
análoga |
2 |
puntos |
diferente |
1 |
punto |
|
Otras titulaciones (*) |
análoga |
0,5 |
puntos |
diferente |
0 |
puntos |
Otras titulaciones (*) análoga 0,5 puntos diferente 0 puntos
En caso de empate:
- Nota media del expediente académico ponderada sobre 10 puntos.
- En caso de persistir el empate se resolverá atendiendo al mayor número de créditos convalidables.
Matrícula en el Grado en Estudios de Arquitectura
La matrícula de los aspirantes admitidos deberá formalizarse en los siguientes términos y condiciones.
- Matrícula presencial en la Secretaria de la ETSA en los días previos al comienzo del curso académico (en septiembre) en los términos en los que se le notificará con la resolución de las solicitudes presentadas.
- La matrícula queda condicionada la veracidad de los datos y documentos aportados por el estudiante y al cumplimiento de los requisitos académicos de admisión al sistema universitario español y a la Resolución del Rectorado de la Universidad de Granada por la que se establezcan los precios públicos a satisfacer por la prestación de servicios académicos y administrativos universitarios para cada curso.
- La matrícula queda también condicionada al abono de los precios públicos resultantes de los créditos que resulten convalidados en la resolución de esta Dirección que a esos efectos estará a disposición de los admitidos dentro del plazo de matrícula
- La admisión concedida es referida exclusivamente para el curso académico objeto de la solicitud por lo que la no formalización de la matrícula en el plazo requerido, salvo causa imputable a la Administración Universitaria, supone que deberá instarse una nueva solicitud de admisión para sucesivos cursos en los plazos que se establezcan por la Universidad de Granada.
-
Información adicional: El Título de Grado en Estudios de Arquitectura requiere estar en posesión de la acreditación de la competencia lingüística necesaria para el ejercicio en España de la correspondiente profesión regulada (ver Artículo 17 de la Orden ECD/2654/2015, de 3 de diciembre).