Admisión por reconocimiento parcial o total de estudios extranjeros no homologados

Estudiantes con estudios universitarios extranjeros parciales o totales que no hayan obtenido la homologación de sus títulos, que desean cursar el plan de estudios de Grado en Estudios de Arquitectura de la Universidad de Granada, durante el curso académico 2024/2025, y que obtengan el reconocimiento de al menos treinta créditos de la respectiva titulación.

  • Para curso 2024/2025 de 15/01/2024 a 08/03/2024
  • Las solicitudes presentadas fuera del plazo previsto no serán admitidas.
  • Para el curso 2024/2025 se establecen en dos (2) el número de plazas.

La presentación de solicitudes se realizará a través de la sede electrónica.

Documentación a presentar:

  1. Documento Nacional de Identidad o Pasaporte Original.
  2. Certificación Académica Personal, emitida por el Centro de Origen. Dicha certificación deberá reunir los siguientes requisitos:
    • Tener carácter oficial y estar expedida por la autoridad competente para ello, de acuerdo con el ordenamiento jurídico del país de que se trate.
    • Estar legalizada por vía diplomática o, en su caso, mediante la apostilla del Convenio de La Haya. Este requisito no se exigirá a los documentos expedidos por las autoridades de los Estados miembros de la Unión Europea o signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo o Suiza.
    • Acreditar que los estudios cursados son de rango universitario.
  3. Programas de las asignaturas superadas de la Universidad de Origen.
  4. Certificado de Equivalencia de notas medias de estudios universitarios realizados en centros extranjeros.
  5. Declaración responsable de la persona solicitante de que no ha obtenido la homologación de su título universitario en España, bien por no haber solicitado dicha homologación o por haberle sido denegada. La citada declaración deberá efectuarse (sólo en el caso de que se haya finalizado la totalidad de los estudios exigidos para la obtención del título extranjero de que se trate) con arreglo al siguiente modelo.

La documentación se presentará traducida oficialmente al español, en su caso.

Criterios de resolución:

La totalidad de las solicitudes presentadas dentro de su plazo reglamentario, y que hayan aportado la documentación indicada anteriormente, serán relacionadas por orden de mayor a menor puntuación. Dicha puntuación se corresponderá con la nota media declarada equivalente correspondiente a los estudios universitarios extranjeros alegados.

En caso de empate en la puntuación entre los solicitantes, tendrá preferencia quien haya obtenido un mayor número de créditos reconocidos, de acuerdo al informe emitido por la Comisión de Ordenación Académica de la ETSAG. Las plazas adjudicadas que finalmente no sean ocupadas (no formalización de matrícula en su plazo reglamentario) serán adjudicadas a quienes ocupen los correspondientes lugares en la citada relación por orden de prelación.

  • Se dictará por la Dirección de la ETS Arquitectura durante el mes de julio de cada año
  • La resolución será publicada en la web de la ETS Arquitectura y surtirá efectos de notificación a los interesados.

La matrícula de los aspirantes admitidos deberá formalizarse en los siguientes términos y condiciones.

  • Matrícula presencial en la Secretaria de la ETSA en los días previos al comienzo del curso académico (en septiembre) en los términos en los que se le notificará con la resolución de las solicitudes presentadas.
  • La matrícula queda condicionada la veracidad de los datos y documentos aportados por el estudiante y al cumplimiento de los requisitos académicos de admisión al sistema universitario español y a la Resolución del Rectorado de la Universidad de Granada por la que se establezcan los precios públicos a satisfacer por la prestación de servicios académicos y administrativos universitarios para cada curso.
  • La matrícula queda también condicionada al abono de los precios públicos resultantes de los créditos que resulten convalidados en la resolución de esta Dirección que a esos efectos estará a disposición de los admitidos  dentro del plazo de matrícula 
  • La admisión concedida es referida exclusivamente para el curso académico objeto de la solicitud por lo que la no formalización de la matrícula en el plazo requerido, salvo causa imputable a la Administración Universitaria, supone que deberá instarse una nueva solicitud de admisión para sucesivos cursos en los plazos que se establezcan por la Universidad de Granada.
  • Información adicional: El Título de Grado en Estudios de Arquitectura requiere estar en posesión de la acreditación de la competencia lingüística necesaria para el ejercicio en España de la correspondiente profesión regulada (ver Artículo 17 de la Orden ECD/2654/2015, de 3 de diciembre).