Evaluación por incidencias

  • OBJETO: Esta normativa de examen de incidencias establece los criterios a seguir en ausencia de un acuerdo entre el estudiante y el profesorado.
     
  • Procedimiento por el que se solicita realizar las pruebas finales de evaluación, en fecha distinta a las programadas por el centro, y concurran alguno de los siguientes supuestos:
    • Ante la coincidencia de fecha y hora por motivos de asistencia a órganos colegiados de gobierno o de representación universitaria.
    • Por coincidencia con actividades oficiales de los deportistas de alto nivel y de alto rendimiento o por participación en actividades deportivas de carácter oficial representando a la Universidad de Granada.
    • Por coincidencia de fecha y hora de dos o más procedimientos de evaluación de asignaturas de distintos cursos y/o titulaciones.
    • En supuestos de enfermedad debidamente justificada a través de certificado médico oficial.
    • Por fallecimiento de un familiar hasta segundo grado de consanguinidad o afinidad acaecido en los diez días previos a la fecha programada para la realización de la prueba.
    • Por inicio de una estancia de movilidad saliente en una universidad de destino cuyo calendario académico requiera la incorporación del estudiante en fechas que coincidan con las fechas de realización de la prueba de evaluación.
  • PROCEDIMIENTO La solicitud de examen de incidencias, será realizada a través de la sede electrónica con una antelación de al menos diez días hábiles antes del inicio del comienzo del periodo de exámenes de la convocatoria correspondiente. La misma deberá ir acompañada, cuando así sea el caso, de los documentos acreditativos que le impiden realizar el examen en la fecha fijada en el calendario.
  • Dicha solicitud deberá remitirse desde SEDE al departamento responsable de dicha asignatura/s.
  • En el caso de que la razón de la Evaluación por incidencias sea por coincidencia de fecha y hora de dos o más procedimientos de evaluación de asignaturas de distintos cursos, la convocatoria del correspondiente “Examen de incidencias”, se llevará a cabo de acuerdo a los siguientes criterios:
    • - Siempre deben cambiar a la fecha prevista para el examen de incidencias las asignaturas optativas frente a las materias de formación básica u obligatoria.
    • - En caso de que la coincidencia se dé entre asignaturas básicas u obligatorias el criterio a seguir será el siguiente:
      • En años pares cambian las asignaturas de cursos inferiores frente a las de cursos superiores. O sea, 1º cambia frente a 2º, 3º,4º,5º ; 2º cambia frente a 3º, 4º, 5º… etc.
      • En años impares cambian las asignaturas de cursos superiores frente a las de cursos inferiores. O sea, 5º cambia frente a 4º, 3,º, 2,º, 1º ; 4º cambia frente a 3, 2º, 1º, etc.
  • La solicitud de Evaluación por incidencias implica la renuncia del estudiante a presentarse en la fecha de la convocatoria oficial establecida en el calendario de exámenes de esta Escuela. Aprobada una solicitud el profesor/a hará pública la fecha, hora y lugar del examen.
  • La Dirección de la Escuela y en concreto la Subdirección de Ordenación Académica, fijará cada curso académico una fecha única para la Evaluación por incidencias en cada una de las convocatorias oficiales de exámenes (ordinarias, extraordinarias y especial) aplicable para el curso académico en curso. Deberá ser publicada en el Calendario Oficial de Exámenes https://etsag.ugr.es/la-escuela/examenes_semestre y se establecerá con posterioridad a la celebración de la última prueba establecida para cada convocatoria.
  • La fecha fijada por la Escuela para la Evaluación por incidencias en cada una de las convocatorias oficiales de exámenes será la misma para todos los solicitantes y dará fin a la posibilidad de fijar una nueva prueba por incidencias, salvo en los casos en los que haya acuerdo explícito entre el profesorado y el estudiante afectado.