A las solicitudes presentadas de admisión por traslado de expediente al plan de estudios de Graduado/a en Estudios de Arquitectura le son de aplicación las siguientes disposiciones:
- Normativa de Traslados de Expediente aprobada en Junta de Escuela el 2 abril de 2013
- Reglamento de Gestión Académica de la Universidad de Granada
- En virtud de ambas, se pueden conceder:
- Traslado para continuar los mismos estudios que se venían realizando provenientes de otras Universidades españolas.
- Traslado de estudiantes extranjeros con estudios universitarios parciales que deseen continuar sus estudios de Arquitectura en España.
- Número de plazas ofertadas para traslado:
- El número de plazas lo determina la ETSAG y debe ser ratificado posteriormente por el Consejo de Gobierno de la Universidad de Granada. Para el curso académico 2019/20 se estableció un límite de 7 traslados de expediente, en función de la capacidad docente de la ETSAG
Traslado desde Universidades nacionales
- Plazos de presentación: ver calendario académico anual
- Para el curso 2023-2024: del 5 al 16 de junio de 2023
- Las solicitudes presentadas fuera del plazo previsto no serán admitidas.
- Requisitos:
- Los estudiantes para ser deberán reunir los siguientes requisitos:
- Obtener el reconocimiento de un mínimo de treinta (30) créditos. Los estudiantes que no obtengan este reconocimiento, deberán incorporarse al proceso general de acceso y admisión.
- No tener agotadas seis (6) convocatorias en ninguna asignatura.
- No haber consumido los plazos de permanencia indicados en la Normativa de la Universidad de Granada.
- Realizado el respectivo reconocimiento, no se admitirán estudiantes cuando ello suponga la obtención automática del título.
- Los estudiantes para ser deberán reunir los siguientes requisitos:
- Para los deportistas de alto nivel y rendimiento que se vean obligados a cambiar de residencia por motivos deportivos (ello se justificará documentalmente), se tendrá en cuenta lo establecido en el apartado 10 del artículo 9 del Real Decreto 971/2007, de 13 de julio.
- Presentación de solicitudes:
- Documento Nacional de Identidad o Pasaporte Original
- Certificación Académica Personal, emitida por el Centro de Origen
- Certificación de la Calificación de Selectividad, en caso de no estar incluida en la Certificación Académica personal.
- Fotocopias debidamente compulsadas de:
- Plan de Estudios Oficial de la Universidad de Origen.
- Prgrama de las asignaturas superadas de la Universidad de Origen.
- Documentación acreditativa de la/as causa/as que se citan en el apartado 4.2.3 de la presente Normativa.
- Otros documentos y circunstancias que estime oportunas.
- Todos los documentos, deberán ser originales o fotocopias compulsadas por un organismo oficial español.
Traslado desde Universidades extranjeras por estudios parciales superados
- Plazos de presentación: ver calendario académico anual
- Para curso 2022/2023 de 16/1/2023 a 10/03/2023
- Las solicitudes presentadas fuera del plazo previsto no serán admitidas.
La presentación de solicitudes se realizará a través de la sede electrónica o presentando la siguiente solicitud a la dirección de correo electrónico: arquitectura@ugr.es
Documentación a presentar:
- Documento Nacional de Identidad o Pasaporte Original
- Certificación Académica Personal, emitida por el Centro de Origen.
- Sistema universitario de calificaciones del país de origen o escala de calificaciones, indicando obligatoriamente la nota mínima para aprobar y los puntos en los que se basa la escala e intervalos de puntuación.
- Fotocopias, debidamente compulsadas por organismo oficial español, de:
- Plan de Estudios Oficial de la Universidad de Origen.
- Programa de las asignaturas superadas de la Universidad de Origen.
- Certificado expedido por el órgano competente del país de origen que acredite que los estudios cursados son de rango universitario.
- Las certificaciones deberán presentarse debidamente legalizadas (convenio de la Haya o vía diplomática).
- El resto de la documentación se presentará traducida oficialmente al español, en su caso.
- Se recomienda presentar certificado de Equivalencia de notas medias de estudios universitarios realizados en centros extranjeros.(es un trámite online que suele tardar varios meses, por lo que se recomienda tramitar con antelación):
- Toda la documentación detallada anteriormente debe presentarse a través de la sede electrónica de la universidad de granada en el siguiente enlace: https://sede.ugr.es/procs/Solicitud-generica-para-la-UGR/ o presentándola en la siguiente dirección de correo electrónico: @email
Requisitos:
- Las solicitudes de estudiantes con estudios universitarios extranjeros parciales deberán cumplir el requisito académico de obtener reconocimiento de un mínimo de treinta (30) créditos, de acuerdo con lo dispuesto en la normativa propia de la Universidad de Granada.
Aspectos comunes a ambas modalidades de solicitudes de traslado
- Resolución
- Se dictará por la Dirección de la ETS Arquitectura durante el mes de julio de cada año
- La resolución será publicada en la web y tablones de anuncio de la ETS Arquitectura y surtirá efectos de notificación a los interesados.
- En caso de empate prevalecerá la Nota media del expediente académico ponderada sobre 10 puntos. En caso de persistir el empate se resolverá atendiendo al mayor número de créditos convalidables.
- Matrícula en el Grado en Estudios de Arquitectura
- La matrícula de los aspirantes admitidos deberá formalizarse en los siguientes términos y condiciones.
- Matrícula presencial en la Secretaria de la ETSA en los días previos al comienzo del curso académico (en septiembre) en los términos en los que se le notificará con la resolución de las solicitudes presentadas.
- La matrícula queda condicionada la veracidad de los datos y documentos aportados por el estudiante y al cumplimiento de los requisitos académicos de admisión al sistema universitario español y a la Resolución del Rectorado de la Universidad de Granada por la que se establezcan los precios públicos a satisfacer por la prestación de servicios académicos y administrativos universitarios para cada curso.
- La matrícula queda también condicionada al abono de los precios públicos resultantes de los créditos que resulten convalidados en la resolución de esta Dirección que a esos efectos estará a disposición de los admitidos dentro del plazo de matrícula
- La admisión concedida es referida exclusivamente para el curso académico objeto de la solicitud por lo que la no formalización de la matrícula en el plazo requerido, salvo causa imputable a la Administración Universitaria, supone que deberá instarse una nueva solicitud de admisión para sucesivos cursos en los plazos que se establezcan por la Universidad de Granada.
- Información adicional: El Título de Grado en Estudios de Arquitectura requiere estar en posesión de la acreditación de la competencia lingüística necesaria para el ejercicio en España de la correspondiente profesión regulada (ver Artículo 17 de la Orden ECD/2654/2015, de 3 de diciembre).
- La matrícula de los aspirantes admitidos deberá formalizarse en los siguientes términos y condiciones.