Curso 22/23: Resolución admisión de extranjeros con estudios parciales

Mié, 01/06/2022 - 13:14
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Imagen de un pasillo de un edificio con varias ventanas

Con fecha de 31 de mayo de 2022 la Dirección de la Escuela Técnica Superior de Arquitectura resuelve la admisión por haber superado estudios universitarios extranjeros parciales no homologados, para cursar la titulación de graduado en estudios de arquitectura en el curso académico 2022/2023.

De acuerdo al Reglamento de Gestión Académica de la Universidad de Granada, (aprobado por el Consejo de Gobierno, en su sesión de fecha 23 de julio de 2021), y en uso de las competencias conferidas por delegación de la Rectora para asumir las competencias que los artículos 29 y 30 del Real Decreto 412/2014, de 6 de junio, por el que se establece la normativa básica de los procedimientos de admisión a las enseñanzas universitarias oficiales de Grado, atribuyen a la Rectora de la Universidad, el Director de la ETS Arquitectura,

RESUELVE:

PRIMERO: Como criterios seguidos para establecer la baremación de solicitudes de admisión de estudiantes se han tenidos en cuenta los siguientes.

- 1 fase.- El estudiante deberá obtener el reconocimiento mínimo de 30 ECTS (Requisito obligatorio para pasar a la segunda fase, artículo 62 del Reglamento de Gestión Académica).

- 2 fase.- Las solicitudes de admisión se resolverán en función de la nota media del expediente académico de origen.

- Otros parámetros académicos:

▪ Otros estudios superados

Grado 1 punto
Máster 2 puntos

▪ Estudios superados en la ETSAG

Por cada sobresaliente 0,5 máximo 2 puntos
Por cada notable 0,25 máximo 1 punto

En caso de empate dirimirá el mayor número de créditos superados en la universidad de origen

SEGUNDO: Tras la aplicación del baremo, obtienen la admisión en estudios de Grado en Estudios de Arquitectura para el curso 2022/2023 de las dos plazas establecidas por la ETSAG para estudiantes por haber superado estudios universitarios extranjeros los siguientes estudiantes:

APELLIDOS, NOMBRE UNIVERSIDAD ORIGEN Puntos por NOTA MEDIA PROCEDENCIA Puntos ESTUDIOS ETSAG PUNTUACION TOTAL
1 RUIZ TORRES, ADRIANA UNIVERSIDAD PERUANA DE CIENCIAS APLICADAS (PERÚ) 9,17 0 9,17
2 BARRAGÁN ALONSO, MARÍA JOSÉ UNIVERSIDAD CATÓLICA DE SANTIAGO DE GUAYAQUIL (ECUADOR) 7,59 0 7,59

TERCERO: Las aspirantes admitidas deberán confirmar su propósito de matricularse en los estudios admitidos antes del 8 de julio mediante correo electrónico a la dirección arquitectura@ugr.es En caso de no efectuarse, se entenderá que desiste de su petición de admisión a la titulación mencionada.

CUARTO: Procedimiento de matriculación:

Matrícula presencial en la Secretaría/Administración de la ETSAG entre los días 5 al 9 de septiembre de 2022 tras obtener cita previa que puede solicitarse a través de los teléfonos 958244345, 958249985 o el correo electrónico arquitectura@ugr.es

En los días anteriores al 5 de septiembre se les enviará desde la Secretaría/Administración de la ETSAG el detalle concreto de las asignaturas que tendrían pendientes de superar en los estudios de Arquitectura a los que se incorpora.

La matrícula queda condicionada la veracidad de los datos y documentos aportados por el estudiante y al cumplimiento de los requisitos académicos de admisión al sistema universitario español.

La admisión concedida es referida exclusivamente para el curso académico 2022/2023, por lo que la no formalización de la matrícula en el plazo requerido, salvo causa imputable a la Administración Universitaria, supone que deberá instarse una nueva solicitud de admisión para sucesivos cursos en los plazos que se establezcan por la Universidad de Granada.

QUINTO: A partir del 11 de julio, y siempre antes de la finalización del plazo de matrícula establecido por la UGR, esta Dirección podrá, en caso de renuncia o desistimiento de los aspirantes admitidos relacionados arriba, o bien de no cubrirse el número de traslados de expedientes para estudiantes procedentes de universidades españolas, conceder la admisión en los estudios de Grado a los siguientes solicitantes de acuerdo al orden establecido según la baremación efectuada.

CANDIDATOS/AS SUPLENTES

APELLIDOS, NOMBRE UNIVERSIDAD ORIGEN Puntos por NOTA MEDIA PROCEDENCIA Puntos ESTUDIOS ETSAG PUNTUACION TOTAL
3 SCHNITZER RAAB, DOMINIQUE UNIVERSIDAD DEL DESARROLLO (REPÚBLICA DE CHILE) 7,21 0,25 7,46
4 PEÑA VÉLEZ, MARÍA HOGESCHOOL ROTTERDAM (PAÍSES BAJOS) 7,18 0 7,18
5 RAMOS LLERENA, NAHYLA UNIVERSIDAD SAN IGNACIO DE LOYOLA (PERÚ) 7,05 0 7,05
6 POIRÉ MARTÍNEZ, IVÁN UNIVERSIDAD NACIONAL DE ROSARIO (ARGENTINA) 6,88 0 6,88
7 GONZALO PACO, MARÍA MERCEDES UNIVERSIDAD MAYOR DE SAN SIMÓN (BOLIVIA) 6,47 0 6,47

SEXTO: La publicación de la presente resolución tiene efectos de notificación a los interesados de acuerdo con lo establecido en el artículo 45.1.b de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (BOE núm.236, de 2 de octubre de 2015).

SÉPTIMO: A partir del día siguiente de su publicación, se abre un periodo de cinco días hábiles para posibles reclamaciones de los aspirantes.

Se presentarán a través de la sede electrónica de la Universidad de Granada en el siguiente enlace

https://sede.ugr.es/procs/Solicitud-generica-para-la-UGR/

En caso de no efectuarse ninguna, la presente resolución se considerará definitiva.

OCTAVO: Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante el órgano competente de la jurisdicción ContenciosoAdministrativa, dentro del plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de la notificación. No obstante, los interesados podrán optar por interponer contra esta resolución un recurso de reposición, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de la notificación, ante el mismo órgano que la dictó, en cuyo caso no cabrá interponer el recurso contencioso-administrativo anteriormente citado en tanto recaiga resolución expresa o presunta del recurso de reposición, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 123 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

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