Curso 2024/25: Resolución definitiva admisión de extranjeros con estudios parciales o totales

Jue, 04/07/2024 - 12:31
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sala de exposiciones ETSAG (foto de Fran Ortega)
detalle ETSAG (foto de Fran Ortega)

RESOLUCIÓN DE LA DIRECCIÓN POR LA QUE SE PUBLICA LA RELACIÓN DEFINITIVA DE ESTUDIANTES CON ESTUDIOS UNIVERSITARIOS EXTRANJEROS PARCIALES O TOTALES QUE NO HAYAN OBTENIDO LA HOMOLOGACIÓN DE SUS TÍTULOS, PARA CURSAR LA TITULACIÓN DE GRADUADO EN ESTUDIOS DE ARQUITECTURA EN EL CURSO ACADÉMICO 2024/2025

 

De acuerdo al Reglamento de Gestión Académica de la Universidad de Granada, modificada por el Consejo de Gobierno, en su sesión de fecha 29 de junio de 2022 (BOUGR nº 183 de 6 de julio de 2022); la Resolución de la Dirección de la ETSAG por la que se establece el procedimiento de admisión en el Grado de Estudios de Arquitectura, de estudiantes que hayan cursado estudios universitarios parciales extranjeros o españoles, o que habiendo finalizado los estudios universitarios extranjeros no hayan obtenido su homologación en España; y en uso de las competencias conferidas por delegación del Rector para asumir las competencias que los artículos 29 y 30 del Real Decreto 412/2014, de 6 de junio, por el que se establece la normativa básica de los procedimientos de admisión a las enseñanzas universitarias oficiales de Grado, atribuyen al Rector de la Universidad, el Director de la ETS Arquitectura,

 

RESUELVE:

 

PRIMERO:         Tras la aplicación del baremo y una vez finalizado el plazo de cinco días hábiles de presentación de reclamaciones a la Resolución provisional (http://sl.ugr.es/0e8F), obtienen la admisión en estudios de Grado en Estudios de Arquitectura para el curso 2024/2025 de las dos plazas establecidas por la ETSAG para estudiantes por haber superado estudios universitarios extranjeros parciales o totales no homologados, los siguientes estudiantes:

 

APELLIDOS, NOMBRE

UNIVERSIDAD ORIGEN

PUNTUACIÓN

1

Saldias Mendoza, Alison Jannet

Universidad Privada del Norte (Perú)

8,61

2

Rego Da Cunha, Sophia

Universidad Nove de Julho (Brasil)

8,37

 

SEGUNDO:      Antes de la finalización del plazo de matrícula establecido por la UGR, esta Dirección podrá, en caso de renuncia o desistimiento de los aspirantes admitidos relacionados arriba, conceder la admisión en los estudios de Grado a los siguientes solicitantes de acuerdo al orden establecido según la baremación efectuada:

 

CANDIDATOS/AS SUPLENTES

 

APELLIDOS, NOMBRE

UNIVERSIDAD ORIGEN

PUNTUACIÓN

3

Castañón Aragón, María Gabriela

Universidad Rafael Landívar (Guatemala)

8,3

4

Zambrano Reverol, María Gabriela

Instituto Universitario Politécnico "Santiago Mariño" (Venezuela)

8,26

5

Acevedo González, Daniela Lucía

Universidad de la República (Uruguay)

7,84

6

Demerutis Domínguez, Giselle Madelaine

Universidad del Valle de México

7,74

7

Gómez, Agustín Maximiliano

Universidad Nacional de Córdoba (Argentina)

7,34

8

Gómez Huauya, Valeria Michell

Universidad Privada del Norte (Perú)

7,16

9

García Ramos, Carolina Deris

Pontificia Universidad Católica de Río de Janeiro (Brasil)

6,78

10

Irene Blomeyer Sanz

Universidade Portucalense (Portugal)

6,48

11

Díaz, Eugenio Óscar

Universidad Nacional de Córdoba (Argentina)

6,41

12

Casamayor, María de los Ángeles

Universidad Nacional de La Plata (Argentina)

6,29

 

TERCERO:         Los dos aspirantes seleccionados en un plazo de cinco días hábiles, deberán confirmar su propósito de matricularse en los estudios admitidos mediante correo electrónico a la dirección: @email

 

En caso de no comunicarse la aceptación, se entenderá que desiste de su petición de admisión a la titulación mencionada.

 

CUARTO:          Procedimiento de matriculación:

 

Matrícula presencial en la Secretaría/Administración de la ETSAG entre los días 9 al 13 de septiembre de 2024 tras obtener cita previa que puede solicitarse a través de los teléfonos 958244345, 958249985 o el correo electrónico @email

 

Con anterioridad al 9 de septiembre se notificará desde la Secretaría/Administración de la ETSAG el detalle concreto de las asignaturas que tendrían pendientes de superar en los estudios de Arquitectura a los que se incorpora.

 

La matrícula queda condicionada la veracidad de los datos y documentos aportados por el estudiante y al cumplimiento de los requisitos académicos de admisión al sistema universitario español. Además, dicha matrícula queda condicionada al abono de los precios públicos administrativos y académicos correspondientes, de acuerdo con lo establecido en el Decreto por el que se determinan los precios públicos de las Universidades públicas de Andalucía.

 

La admisión concedida es referida exclusivamente para el curso académico 2024/2025, por lo que la no formalización de la matrícula en el plazo requerido, salvo causa imputable a la Administración Universitaria, supone que deberá instarse una nueva solicitud de admisión para sucesivos cursos en los plazos que se establezcan por la Universidad de Granada.

 

QUINTO:           La publicación de la presente resolución tiene efectos de notificación a los interesados de acuerdo con lo establecido en el artículo 45.1.b de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (BOE núm.236, de 2 de octubre de 2015).

 

SEXTO:               Contra la presente Resolución, que agota la vía administrativa en virtud de los artículos 84.1 de los Estatutos de esta Universidad, cuya publicación fue ordenada por Decreto 231/2011 de 12 de julio (BOJA nº 147, de 28 de julio de 2011) y 38.4 de la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario, podrá interponerse potestativamente recurso de reposición ante la persona titular del Vicerrectorado de Estudiantes y Vida Universitaria (delegación de competencias realizada por Resolución del Rector de esta universidad de fecha de 28 de julio de 2023-BOJA núm. 148, de 3 de agosto de 2023-), en el plazo de un mes, a contar a partir del día siguiente al de la publicación de la presente Resolución, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, o interponer directamente recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Granada, en el plazo de dos meses a partir del día siguiente a la fecha de publicación de este escrito, según disponen los artículos 8.3 y 46.1 de la Ley 29/98, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa (BOE de 14 de julio).

 

Granada, a 04 de julio de 2024.

 

EL DIRECTOR,

(Por delegación de competencia del Sr. Rector Magnífico de la Universidad de Granada, acordada por Resolución de 28 de julio de 2023, BOJA nº 148, de 3 de agosto de 2023)

Josemaría Manzano Jurado

Director de la Escuela Técnica Superior de Arquitectura

 

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