Resolución definitiva convocatoria especial - Curso 20/21

Mar, 20/10/2020 - 08:00
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20/10/2020
Patio renacentista: la fuente y el magnolio

Una vez publicadas el pasado día 13 de octubre la resolución provisional de los estudiantes que habían la solicitud de evaluación de la convocatoria especial  por finalización de estudios, y una vez transcurrido el plazo previsto para subsanar errores o cumplir requisitos fijados en la normativa vigente, esta Dirección, con el informe favorable de la Subdirección de Ordenación Académica de la ETSAG, resuelve:

PRIMERO:            Dar publicidad a la siguiente resolución definitiva de estudiantes que habrán de presentarse a la convocatoria especial en el curso actual. Ver Resolución

  • La resolución definitiva de aspirantes que podrán presentarse a la convocatoria especial de finalización de estudios, tras comprobarse la adecuación de su solicitud a la normativa vigente
    • el art. 21 de la Normativa de evaluación y de calificación de los estudiantes de la Universidad de Granada  (BOUGR 112 de 9/11/2016) y
    • el texto consolidado de las “Normas para la formalización de la matrícula correspondiente al curso académico 2020/2021” aprobadas por Resolución de la Rectora de 2 de julio de 2020 (BOUGR nº 157 de 6 de julio de 2020) y modificadas por Resolución de la Rectora de 23 de julio de 2020 (BOUGR nº 158 de 29 de julio de 2020)

SEGUNDO:            Dar a conocer el calendario y fechas de celebración de las pruebas. Se adjunta como anexo adjunto a esta Resolución definitiva. Ver tabla con fechas de las pruebas.

TERCERO:              La publicación de esta Resolución tiene el carácter de NOTIFICACIÓN a los interesados, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 45.1.b de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (BOE núm. 236 de 02 de Octubre de 2015).

 

Se recomienda que los estudiantes implicados contacten con el profesorado con antelación suficiente a la fecha prevista en la tabla publicada, de la misma manera que se advierte que dada la situación producida por la covid-19 el examen podrá ser online en el caso de que las autoridades lo determinen.

Los documentos que contienen datos personales serán mantenidos de forma que se permita la identificación de los interesados durante no mas tiempo del necesario para los fines del tratamiento de los datos personas, tal y como exige el principio de limitación del plazo de conservación recogido en el art. 5.1 e) del Reglamento Europeo de Protección de Datos.

 

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Tabla con las fechas de las pruebas 169.75 KB