Resolución cambios de grupo-Mobility Students

Lun, 04/10/2021 - 11:55
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Resolución cambios de grupo-Mobility Students
Patio de la Etsag

Esta Dirección, una vez informadas las solicitudes presentadas por la Subdirección de Ordenación Académica, RESUELVE y hace pública la siguiente Resolución relativa a solicitudes de alteración de matrícula y cambios de grupo presentadas en el Centro.

Como criterio de actuación seguido para resolver de manera estimatoria las solicitudes de cambios de grupo, se ha seguido que los cambios propuestos no supongan romper los límites máximos establecidos como diferencia de matriculados entre grupos de una misma asignatura.

Actuar de otra manera sin que se justifiquen o aleguen razones de causa mayor supondría introducir un factor distorsionante importante entre el profesorado del Centro, además de suponer un agravio para el resto de estudiantes que asumen con naturalidad el grupo asignado por el procedimiento de matrícula online, establecido de acuerdo con el progreso académico alcanzado en cada momento.

Se recomienda a todos los estudiantes que, a través de su acceso identificado ( https://oficinavirtual.ugr.es/ai ), comprueben la configuración actual de su matrícula, toda vez que es la que determinará la confección de las actas de exámenes. En el caso que esta alteración de matrícula implique abono de precios públicos, podrán, a través del acceso identificado, proceder al pago telemático mediante tarjeta o si lo prefiere obtener la carta de pago que proceda.

La publicación de esta Resolución tiene el carácter de NOTIFICACIÓN a los interesados, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 45.1.b de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (BOE núm. 236 de 02 de Octubre de 2015). Esta Resolución se hace pública en la web de la ETSA.

Contra esta Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso de alzada ante la Rectora de esta Universidad, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la notificación, todo ello de conformidad con lo dispuesto en los artículos 121 y siguiente de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.