Resolución cambios de grupo (curso 20/21)

Sáb, 03/10/2020 - 15:53
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Resolución con cambios de grupo en la etsag

Una vez informadas las solicitudes presentadas por la Subdirección de Ordenación Académica, la Dirección de la ETSAG, RESUELVE y hace pública la siguiente Resolución relativa a solicitudes de alteración de matrícula y cambios de grupo presentadas en la Secretaría de la ETSAG. 

Puede acceder a ella a través de este enlace:

  • Como criterio de actuación seguido para resolver de manera estimatoria las solicitudes de cambios de grupo, se ha seguido que los cambios propuestos no supongan romper los límites máximos establecidos como diferencia de matriculados entre grupos de una misma asignatura. Actuar de otra manera sin que se justifiquen o aleguen razones de causa mayor supondría introducir un factor distorsionante importante entre el profesorado del Centro, además de suponer un agravio para el resto de estudiantes que asumen con naturalidad el grupo asignado por el procedimiento de matrícula online, establecido de acuerdo con el progreso académico alcanzado en cada momento.
  • Dada la actual situación provocada por el Covid-19 y para atender las restricciones de distancia social impuestas por las autoridades sanitarias, y la consecuente limitación de aforo en aulas y espacios docentes nos obligan a que en este 1º semestre el cambio de grupo sea excepcional. Así debe ser entendido por toda la comunidad educativa de la ETSAG entendiendo que es imposible satisfacer todas las peticiones, más en un curso donde el control del aforo es cuestión fundamental por las restricciones marcadas en el inicio del curso
  • Se recomienda a todos los estudiantes que, a través de su acceso identificado (https://oficinavirtual.ugr.es/) comprueben la configuración actual de su matrícula, toda vez que es la que determinará la confección de las actas de exámenes. En el caso que esta alteración de matrícula implique abono de precios públicos, podrán, a través del acceso identificado, proceder al pago telemático mediante tarjeta o si lo prefiere obtener la carta de pago que proceda.

 

La publicación de esta Resolución tiene el carácter de NOTIFICACIÓN a los interesados, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 45.1.b de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (BOE núm. 236 de 02 de Octubre de 2015). Esta Resolución se hace pública en la web de la ETSAG.  

 

 

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Resolución de la Dirección firmada 548.8 KB