Admitidos por traslado de expediente en la ETSAG curso 2020/21

Jue, 30/07/2020 - 01:48
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Patio del claustro con bancos para sentarse

RESOLUCIÓN DE LA DIRECCIÓN DE LA ESCUELA TÉCNICA SUPERIOR DE ARQUITECTURA DE ADMITIDOS POR TRASLADO DE EXPEDIENTE (CUPO DE NACIONALES) PARA CURSAR LA TITULACIÓN DE GRADUADO EN ESTUDIOS DE ARQUITECTURA EN EL CURSO ACADÉMICO 2020-2021

De acuerdo a las disposiciones contenidas en la normativa vigente para traslado de expediente por cambio de universidad y/o estudios universitarios oficiales españoles y a los efectos de resolver las solicitudes de admisión presentadas en la Secretaría de la ETS de Arquitectura para cursar estudios de Graduado/a en Estudios de Arquitectura en el curso 2020-2021, y en uso de las atribuciones conferidas por delegación de competencias de la Sra. Rectora de la Universidad de Granada, esta Dirección,

RESUELVE:

1) Declarar ADMITIDOS por traslado de expediente a los siguientes aspirantes por orden alfabético:

 
DNI APELLIDOS, NOMBRE
***8983*  CALVO DE BRITO, SUZANE
***3084**  MOSIBÉ BUERIBERI, LINO
***1865** YUEN TALAVERA, ADRIA


2)    Los aspirantes que han resultado admitidos deberán matricularse siguiendo el siguiente procedimiento:

  • Matrícula presencial en la Secretaría/Administración de la ETSAG entre los días 14 al 17 de septiembre de 2020 en horario de atención al público, de 09:00 h. a 14:00 h. 
  • Para formalizar matrícula deberá obtener cita previa que puede solicitarse de forma online (http://ciges.ugr.es), de forma presencial en el tótem instalado en la planta baja de la ETSA, o a través de la aplicación de  CIGES para dispositivos Android.
  • En caso de mantenerse la situación generada por el Covid-19, podrá modificarse el modo de petición de la cita a solicitarla a través del teléfono 958244345 o el correo electrónico secretariarq@ugr.es

3) La matrícula queda condicionada la veracidad de los datos y documentos aportados por el estudiante y al cumplimiento de los requisitos académicos de admisión al sistema universitario español.

4) La admisión concedida es referida exclusivamente para el curso académico 2020/2021, por lo que la no formalización de la matrícula en el plazo requerido, salvo causa imputable a la Administración Universitaria, supone que deberá instarse una nueva solicitud de admisión para sucesivos cursos en los plazos que se establezcan por la Universidad de Granada.

5) La publicación de la presente resolución tiene efectos de notificación a los interesados de acuerdo con lo establecido en el artículo 45.1.b de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (BOE núm.236, de 2 de octubre de 2015).

 

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Resolución 269.02 KB