Jue, 08/04/2021 - 17:26
1. Objeto y ámbito de aplicación
El presente protocolo será aplicable a las solicitudes del estudiantado que, por las circunstancias establecidas en el mismo, y en el marco de la máxima flexibilidad a que se refiere la Resolución de la Rectora de la Universidad de Granada, de 23 de marzo de 2021, sobre el desarrollo de la docencia y la evaluación a partir del 6 de abril del 2021, no pueda incorporarse a la docencia presencial.
2. Alcance
Este protocolo define los casos en los que el/la estudiante podrá solicitar la docencia y la evaluación de las pruebas de evaluación continua de forma no presencial.